Quejas digitales y despidos analógicos

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Reproducimos un reportaje publicado hoy en Lainformacion.com, el cual recoge declaraciones de Jorge Mira, CEO de Prestigia Online:

Internet se ha convertido en un nuevo foro en el que algunos trabajadores empiezan a quejarse de la empresa en la que trabajan. Y a algunos les ha costado el empleo.

Comienzan a aparecer noticias sobre personas que han terminado en la calle por hacer comentarios negativos sobre su empresa en internet. En España aún no ha trascendido ningún caso llamativo, aunque sí se han conocido despidos por usos imprudentes de las redes sociales.

Varias azafatas de Virgin Atlantic fueron despedidas recientemente por sus referencias poco amables en Facebook acerca de la compañía y sus clientes; en la misma red social, Dan Leona criticaba hace unas semanas al equipo de fútbol americano en el que trabajaba, hasta que los dirigentes del club se enteraron y lo echaron ; antes, una adolescente británica confesaba también en Facebook que su trabajo le parecía aburrido, por lo que recibió una llamada de atención y posteriormente fue despedida

Son sólo los primeros ejemplos sonados de una nueva forma de protestar sobre la empresa en la que se trabaja. Lo que antes quedaba en el entorno de los compañeros de trabajo o el círculo próximo del empleado, salta ahora a las redes sociales. Se trata de nuevos hábitos que desorientan a empresarios y jefes, mientras los trabajadores se encuentran con consecuencias indeseadas de desahogos momentáneos. Porque lo que se escribe en Internet importa. Y mucho.

La situación en España

De momento hablamos de casos en otros países, en los que rige el derecho anglosajón, que se caracteriza porque allí “la jurisprudencia -es decir, las decisiones de los jueces- tiene una importancia superior a la de las leyes”, según explica el abogado laboralista Fernando Iradier . Eso posibilita que los jueces creen precedentes válidos con sus decisiones, a diferencia de lo que sucede en España, donde la jurisprudencia no se considera fuente de derecho. El hecho de que en nuestro país aún no se ha haya hecho público ningún caso relevante parece tener más que ver con el desconocimiento general en torno a esta cuestión. Y es que la lealtad a la empresa no tiene en principio respaldo legal, aunque el detalle de cada caso puede marcar la diferencia.

De este modo, el despido podría ser considerado procedente, siempre y cuando se demuestre de forma irrefutable que el “comentario despectivo ha provocado efectivamente una perdida económica a la empresa”, indica Iradier. Pero la cuestión es establecer el límite entre la legítima libertad de expresión del trabajador, que es un derecho fundamental, y el posible perjuicio a su empresa. Esto último es además difícil de objetivar. Jorge Mira , consejero delegado ejecutivo de Prestigia Online , defiende ante todo el diálogo entre ambas partes antes de adoptar otras medidas, ya que lo adecuado es “ir a la raíz, no basta dejar contento a ese trabajador y ya está. Porque te pueden salir otros”.

Los nuevos retos de Internet

Lo que parece claro es que estamos en un período de transición. La expansión de redes sociales como Facebook , el uso cada vez mayor de herramientas como Twitter , el asentamiento de los blogs personales como vías de expresión… todos ellos son nuevos factores que ponen en aprietos la política tradicional de las empresas respecto a sus empleados.

Y ante ellos es imprescindible adoptar una estrategia que prime “valores como transparencia, interactividad o responsabilidad, por encima de valores como jerarquía o verticalidad”. Así lo indica Joaquín Moral , director de cuentas de Weber Shandwick y experto en reputación online , que considera que las empresas han de ejercer un papel activo en este nuevo escenario. De otro modo, “estarían dejando su reputación en manos las circunstancias o de terceros”, comenta. Palmira Ríos , community manager de Genetsis , va más allá y afirma que ahora “cualquier usuario de Internet tiene voz y voto al mismo nivel que una sociedad. Por eso d esarrollar y mantener una estrategia de reputación online es más que necesario para que no llegue a verse indefensa. ”.

Pero únicamente las grandes organizaciones están optando por entrar en este nuevo universo social, tanto para salvaguardar su imagen como para ampliar sus posibilidades de negocio. Por su parte, las PYMES españolas tienen un índice bajo de penetración en Internet , y las que tienen actividad en la red se centran por lo general en cuidar la comunicación con el cliente y postergan los mensajes hacia el trabajador. Eso es un error para Moral , que sostiene que los “empleados pueden ser los mayores prescriptores de una empresa”. Y la ausencia o baja calidad de la comunicación interna en muchas empresas españolas es algo bastante habitual .

Privacidad y confianza

La mejor forma de evitar problemas de este tipo es que el usuario restrinja la visibilidad de los mensajes. Ríos recuerda que cada cual puede regular su privacidad de modo que “ su empresa vea sólo lo que él quiere que vea. Es decir, si un usuario agrega a su jefe como contacto debe ser consecuente con lo que suceda”. La confianza entre trabajador y empresa tiene mucha importancia, así como los acuerdos de confidencialidad firmados entre ambas partes.

Y en ese asunto tampoco está muy clara la situación: en opinión de Iradier , unas hipotéticas cláusulas que limitaran la libertad del trabajador para expresarse sobre su empresa “minusvaloran un derecho fundamental” y deberían considerarse nulas; Moral no comparte su opinión. “A l fin y al cabo estamos hablando de información y ésta puede afectar incluso a la cotización de una empresa, como le ocurrió a Apple recientemente ”, dice. Ríos simplemente apela al sentido común: “los problemas sociales que se dan en Internet son los mismos a los que estamos acostumbrados en nuestra vida, pero con el doble de repercusión por las posibilidades que ofrece el medio. Si son los mismos problemas, conocemos perfectamente las soluciones.”

Artículo de José Manuel Rodríguez

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